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Código de Eurico
El Código de Eurico o, como le parecía más riguroso llamarlo, el Edictum Eurico regis, lo comenzó Álvaro d'Ors los últimos meses de 1953, con el propósito de mejorar la edición de Zeumer (1902).
Como síntesis de todo su trabajo, el mismo autor escribe en el Prefacio: "...el Código de Eurico es fundamentalmente una fuente del derecho romano vulgar", apartándose así de la idea de una predominante influencia germánica.
En esta edición, presentada por su hijo Xavier d'Ors, se ha respetado el texto original, con algunas excepciones. El autor solía anotar en el ejemplar que utilizaba referencias a la nueva bibliografía, citas de otras fuentes, correcciones de simples erratas o errores que se habían deslizado en la primera edición. De todas estas anotaciones, solamente algunas de las últimas se han recogido en la presente edición.
COVID-19: Derecho Europeo y Estatal
Boletín Oficial del Estado
incluye el bloque normativo específico de cada materia durante el periodo del estado de alarma originado por el COVID-19.
Primacía del derecho europeo y salvaguarda de las identidades constitucionales. Consecuencias asimétricas de la europeización de los contralímites
Vecchio, Fausto
La obra que ahora se presenta en su traducción al español es el resultado de la tesis Doctoral presentada por el Profesor Fausto Vecchio en el ámbito de un Doctorado en cotutela entre la Universidad de Granada (España) y la Universidad de Lisboa (Portugal).
El autor se aproxima al proceso de integración europea desde sus anomalías y contradicciones, a partir de la tensión dialéctica entre el respeto de la identidad constitucional de los Estados Miembros de la UE, en virtud de la cláusula de europeización de los contralímites (art. 4.2 TU), esto es, de los límites impuestos por las Constituciones nacionales a las restricciones de la soberanía nacional aceptadas en virtud de la adhesión a la UE, y la primacía del derecho de la UE.
La obra analiza ordenadamente las relaciones entre ese principio de primacía y el respeto de las identidades nacionales desde todos los niveles y espacios constitucionales que integran la UE, y expone la jurisprudencia, tanto del Tribunal de Justicia de la UE como de los tribunales constitucionales nacionales que más impacto ha tenido en la definición de las relaciones entre la UE y sus Estados Miembros.
Del estudio jurisprudencial desarrollado en esta obra, se puede concluir que la tradicional tensión, que desde siempre ha caracterizado la UE se ha visto acentuada por la actitud de los Tribunales Constitucionales de los Estados miembros, que preocupados por la erosión de las propias competencias (determinada por la expansión de la integración jurídica) y sobre la base de una jerarquía entre los valores tutelados por las cartas fundamentales, ha individualizado un núcleo de normas que, por su capacidad de encarnar los principios irrenunciables del ordenamiento constitucional, son destinadas a prevalecer sobre el valor de la integración europea .
En antítesis a esta tendencia, el autor señala con claridad la necesidad de encontrar un equilibrio entre las contradicciones y tensiones que caracterizan la UE.
Cláusula resolutoria y control del incumplimiento
Gregoraci Fernández, Beatriz
Imaginemos que las partes de un contrato pactan una cláusula resolutoria expresa. Situados en el caso en que se produce el incumplimiento previsto por dicha cláusula resolutoria, ¿es jurídicamente correcta la aplicación del régimen previsto en el artículo 1124 del Código Civil y la genérica doctrina jurisprudencial desarrollada a partir de dicho precepto? En concreto, ¿es jurídicamente correcto que el Juez entre a valorar si el incumplimiento de la obligación, previsto en la cláusula es o no esencial?
El presente trabajo responde a dichas cuestiones analizando separadamente la cláusula resolutoria expresa negociada, esto es, aquella que es el producto del ejercicio de la autonomía de la voluntad de las partes; y la cláusula resolutoria expresa predispuesta, que, por el contrario, no es el resultado de un proceso de negociación y de ejercicio de la libertad contractual.
Una parte importante del estudio se centra en analizar el artículo 1504 del Código Civil, situado en el ámbito de la compraventa de bienes inmuebles con precio aplazado. En concreto, se presenta una novedosa visión de su significado y de la jurisprudencia que ha defendido una interpretación integradora de dicho precepto con el artículo 1124 del Código Civil.
El código de Eurico
Ors, Álvaro d'
Esta segunda edición del Código de Eurico, que se incluirá en la nueva colección de la AEBOE Leyes Históricas de España , parte de la edición de 1960 (Roma-Madrid), de Álvaro d Ors bajo el título general de Estudios Visigóticos II pero dedicado monográficamente al Código de Eurico, divido en tres partes: Edición, Palingenesia e Índices.
El Código de Eurico o, como le parecía más riguroso llamarlo, el Edictum Eurico regis, lo comenzó Álvaro d Ors los últimos meses de 1953, con el propósito de mejorar la edición de Zeumer (1902).
Como síntesis de todo su trabajo, el mismo autor escribe en el Prefacio:
«....el Código de Eurico es fundamentalmente una fuente del derecho romano vulgar», apartándose así de la idea de una predominante influencia germánica.
En esta edición, presentada por su hijo Xavier d Ors, se ha respetado el texto original, con algunas excepciones. El autor solía anotar en el ejemplar que utilizaba referencias a la nueva bibliografía, citas de otras fuentes, correcciones de simples erratas o errores que se habían deslizado en la primera edición. De todas estas anotaciones, solamente algunas de la últimas se han recogido en la presente edición.
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